La EN81-20/50 es una normativa que será de obligado cumplimiento a partir del 1 de septiembre de 2017 para todos los ascensores en funcionamiento, bien de uso de personas o de máquinas. Pero antes, concretamente el próximo 20 de abril de este año 2016 va a entrar en vigor la nueva Directiva europea 2014/33/EU que regulará y unificará en Europa el diseño, fabricación, distribución y montaje de ascensores en Asturias hasta su puesta en funcionamiento. Estas son los principales puntos que incluyen ambas normativas:
Seguridad y confort para los pasajeros de ascensores.
-Incremento de la iluminación en la cabina del ascensor.
-Incremento del área de actuación de la barrera fotoeléctrica para evitar el atrapamiento de objetos. Será obligatorio también el uso una cortina óptica que se elaborará en talleres
-Mayor resistencia mecánica de paneles y techo de cabina así como de puertas de cabina y techo.
-Incremento también de la resistencia al fuego de los paneles de la decoración de la cabina.
-La contratación del hormigón y otros materiales de construcción es tenida en cuenta en el diseño del ascensor para edificios de más de 40 metros de altura para asegurar el confort del viaje.
-Cristal de seguridad en los espejos.
Seguridad para el personal de mantenimiento.
-Incremento de la iluminación en el hueco del ascensor.
-Incremento de los espacios de seguridad en tejado de cabina y foso para labores de mantenimiento.
-Mayor resistencia y altura de la balaustrada del techo de cabina.
-Nuevo panel de control en el foso para incrementar la seguridad en los labores de mantenimiento.
-Mayor rigidez de la pantalla del contrapeso.
Esta normativa a nivel europeo, sin duda, va a servir, además de para que haya más seguridad en los trayectos o viajes en ascensor, también para que los operarios puedan hacer su trabajo de reparación y mantenimiento en mejores condiciones a las actuales.